Publicado: 16 Febrero 2015
Circular 1/2015, de 19 de enero, de la Intervención General de la Administración de la del Estado, sobre obligatoriedad de la factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015.
La Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, establece con carácter obligatorio el uso de la factura electrónica en el Sector Público a partir del 15 de Enero de este año para los siguientes proveedores: sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español, uniones temporales de empresas, agrupación de interés económico, agrupación de interés económico europea, fondo de pensiones, fondo de capital riesgo, fondo de inversiones, fondo de utilización de activos, fondo de regularización del mercado hipotecario, fondo de titulización hipotecaria o fondo de garantía de inversiones.