El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad de Madrid recuerda que la Administración no limita la concurrencia cuando habiendo determinado justificadamente la necesidad de un producto y estando éste presente en el mercado en una pluralidad de productores y abierto también a la producción de otros más que quieran fabricarlo, se exigen ciertos requisitos determinados por las necesidades a satisfacer y que cualquiera puede cumplir adaptando su producción a lo requerido…