Publicado: 26 de octubre de 2015
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa establece la interpretación del nuevo régimen de revisión de precios, hilando la misma con la temporalidad de las disposiciones que lo establecen, y determina que:
La Ley de DESINDEXACIÓN modifica el artículo 89 del TRLCSP y deroga los artículos de 89 a 92 del mismo texto, y entra en vigor, en lo relacionado a la revisión de precios de los contratos del Sector Público, cuando se apruebe el Real Decreto que desarrollará la mencionada norma.