El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ratifica la decisión del órgano de contratación de optar por un sistema integral de contratación frente a la división del contrato en lotes que se apoya en el hecho de que, en opinión de la Administración, una empresa que se dedica a la compra de gas licuado para proceder a su gasificación y reenvasado no ofrece ninguna ventaja comparativa a la Administración con respecto a otra que realice todo el proceso, ni técnica, ni cualitativa, ni mucho menos económica. De igual modo, cuando se realiza un suministro de un producto en mayor cantidad a un solo proveedor, es evidente que se pueden obtener mejores precios de suministro que hacerlo por lotes independientes a varios proveedores en cantidades más pequeñas.