Alguno de los términos más buscados
El Tribunal Administrativo Central recuerda que el límite a la posibilidad de rectificar errores en las ofertas es que la rectificación o subsanación no varíe la oferta. Una vez que en el caso en cuestión el precio que va a emplearse para el cálculo de la puntuación en el contrato derivado es el precio adjudicado a las mismas en el Acuerdo Marco de selección de proveedores, y es ese mismo precio adjudicado en el Acuerdo Marco el que va a aplicarse para el pago del precio de los contratos derivados, la rectificación del precio consignado en la licitación del contrato derivado en el sentido de hacerlo coincidir con el precio adjudicado en el Acuerdo Marco, debe considerarse una rectificación admisible.