24/09/2018

Circular nº 659 – LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS (AEMPS) SE PRONUNCIA ACERCA DE LA NO SUSTITUIBILIDAD DE DETERMINADOS MEDICAMENTOS

Publicado: 24 de septiembre de 2018

 

La AEMPS emite una nota aclaratoria acerca del alcance de la Orden 2874/2007 de 28 de septiembre, por la que se establecen los medicamentos que constituyen excepción a la posible sustitución por el farmacéutico con arreglo al artículo 86.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios...

 

LEER MÁS...

 

17/09/2018

Circular nº 658 – ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN Nº 632/2018. RESPALDO DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES (TACRC) A LA OBLIGATORIEDAD DE LA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Publicado: 17 de septiembre de 2018

 

La Resolución nº 632/2018 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, recoge el pronunciamiento del Tribunal acerca de la impugnación de los Pliegos rectores del procedimiento presentada por parte de uno de los licitadores implicados, por entender éste que se incumple la tramitación electrónica obligatoria impuesta por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), al permitirse la presentación en papel de todos los documentos relativos a la licitación. Como veremos a continuación, la postura del TACRC determina la utilización en exclusiva de medios electrónicos en los procedimientos de contratación pública como respuesta a la inobservancia, en ocasiones, de las disposiciones de la LCSP que regulan esta materia...

 

LEER MÁS...

 

10/09/2018

Circular nº 657 – LA MODIFICACIÓN DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y LA IMPLANTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPRA PÚBLICA

Publicado: 10 de septiembre de 2018

 

La tramitación electrónica en la gestión de los procedimientos de la Administración viene regulada y definida en la LPAC. La modificación referida debe justificarse en la necesidad de armonizar los sistemas tecnológicos con los que deban contar las distintas administraciones públicas que garanticen los principios de necesidad y eficacia, actuando la ley como soporte para que la configuración de la administración electrónica sea completa...

 

LEER MÁS...

 

    Suscríbete a nuestro boletín

    Tesera circular

    Nombre*
    Apellido*
    Email*
    Teléfono

    RESPONSABLE

    TESERA DE HOSPITALIDAD, S.L. con domicilio social en C/ Cronos, 63, Oficina 6, 28037, Madrid, con C.I.F.: B85363059

    Tfono.: 91 375 93 24. Correo electrónico: info@teseradehospitalidad.es

    FINALIDADES

    Atender solicitudes de información

    Gestionar la contratación o pre-contratación de productos y/o servicios

    Remitir comunicaciones comerciales en caso de que preste su consentimiento

    DERECHOS

    Revocar el consentimiento prestado. Derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición al tratamiento, derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de los datos.

    + INFO

    Se puede consultar la política de privacidad de forma más detallada aquí

    Suscríbete a Tesera circular