Circular nº 963. INFORME DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO SOBRE EL PLAZO DE RETIRADA DE LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES.
“A través del Informe 1/23, aprobado el pasado 2 de julio de 2024 por la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, este organismo se pronuncia sobre el plazo para la retirada de las proposiciones de los licitadores”.
Circular nº 962. INFORME DE LA COMISIÓN CONSULTIVA DE ANDALUCÍA SOBRE EL REESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO ECONÓMICO DE LOS CONTRATOS.
“Debe analizarse caso por caso, si se cumplen los presupuestos necesarios para ello. Es decir, no puede obrar pronunciamiento con carácter general, estimando la Comisión cambios legislativos al efecto”.
Circular nº 960. INCAUTACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA EN CASOS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL CONTRATISTA.
“Art. 213.3 LCSP: Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía”.de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid dedica uno de sus Títulos a las medidas tractoras para la economía circular e incluye condiciones ambientales para su incorporación en los procedimientos de contratación pública”.
