“Sobre si una entidad sometida a la aplicación de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de contratos públicos, puede adherirse a una central de compras de otra entidad sometida a una legislación de contratos públicos diferente”.
Alguno de los términos más buscados
“Sobre si una entidad sometida a la aplicación de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de contratos públicos, puede adherirse a una central de compras de otra entidad sometida a una legislación de contratos públicos diferente”.
Esta nueva regulación, con el precedente de la Orden 2/2011, de 7 de febrero, responde a dos objetivos nuevos, además del prioritario de potenciar las adquisiciones centralizadas que conllevan el cumplimiento del principio de eficiencia y control del gasto. Estos objetivos son ampliar el elenco de los entes que puedan adherirse a las compras centralizadas y crear un Comité de evaluación de tecnología sanitaria que prevea qué necesidades e inversiones en recursos tecnológicos puede necesitar la Comunidad Valenciana a medio plazo...