Una de las novedades introducidas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) es la regulación del Procedimiento Abierto Simplificado y su especialidad Simplificadísima, del artículo 159 LCSP, llamados a acortar los plazos de tramitación para aquellas compras de menor cuantía.
El apartado 4 del mencionado artículo 159 LCSP establece las especialidades a las que debe ajustarse la tramitación del procedimiento abierto simplificado, siendo la primera de ellas la obligación de que todos los licitadores que se presenten deben estar inscritos en el Registro oficial de empresas licitadoras que corresponda.
Esta Directiva, que entrará en vigor a los 20 días hábiles desde su publicación, tiene por objeto reforzar la aplicación del Derecho y las políticas de la Unión Europea en ámbitos específicos mediante el establecimiento de políticas comunes a todos los Estados miembros...
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